¿QUÉ SIGNIFICA LA REVISIÓN 2 DE ECE-R100 PARA LOS FABRICANTES DE BATERÍAS RECARGABLES?
La revisión 2 del Reglamento nº 100 de la UNECE impondrá una serie de nuevas pruebas a los fabricantes de sistemas de baterías recargables que se encuentran en los vehículos eléctricos. Las pruebas están destinadas a garantizar el funcionamiento seguro de las baterías recargables en las condiciones de funcionamiento previstas y a proporcionar un mayor nivel de seguridad para los conductores y pasajeros de vehículos. Este artículo resume los nuevos requisitos de prueba.
Contexto
Los estándares globales para vehículos de motor y vehículos eléctricos son responsabilidad del Foro Mundial para la Armonización de Vehículos, un grupo de trabajo permanente (WP 29) dependiente de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (UNECE). El objetivo del Foro es establecer normas armonizadas a nivel mundial para los vehículos de motor con el fin de eliminar las barreras al comercio internacional, promover la seguridad vial y proteger el medio ambiente. Las acciones del Foro se basan en el llamado Acuerdo de 1958, en virtud del cual la Unión Europea y casi otros 60 países signatarios acuerdan aplicar un conjunto común de especificaciones técnicas a los vehículos de motor fabricados o vendidos dentro de sus países, y permitir la entrada a vehículos de motor fabricados en otros países que cumplen esas especificaciones.
Los requisitos técnicos específicos se encuentran en aproximadamente 130 regulaciones separadas, que abordan los componentes del vehículo como la iluminación y la instrumentación, las características operativas, incluida la resistencia a los choques o la compatibilidad ambiental. Para demostrar el cumplimiento de las regulaciones aplicables, los fabricantes envían los vehículos y componentes a un tercero autorizado para su evaluación de homologación. Según los términos del Acuerdo de 1958, los vehículos de motor y los componentes que reciben la homologación en un país signatario deben aceptarse para su importación, venta o uso en todos los demás países signatarios (aunque, según se informa, varios países signatarios no pertenecientes a la UE requieren que se vuelvan a probar en laboratorios ubicados en sus propios países).
El Reglamento N° 100 de la UNECE (también denominado R100) aborda los requisitos de seguridad específicos del tren de potencia eléctrico de los vehículos de carretera, incluidos los sistemas de batería recargable. Publicado originalmente en 1996, el reglamento fue revisado en 2011 para mantener el ritmo de las nuevas tecnologías. Sin embargo, las solicitudes de aprobación de tipo R100 se limitaron exclusivamente a conjuntos de vehículos completos y las evaluaciones de la seguridad de los componentes del vehículo se llevaron a cabo como parte de una evaluación total del vehículo y su alcance fue limitado. Como resultado, los fabricantes de vehículos también tenían prohibido cambiar sistemas o componentes individuales o sustituir componentes de un sub-fabricante por los de otro, sin requerir una nueva solicitud de homologación para el sistema de propulsión eléctrico de alto voltaje completo.
Publicada en 2013, la segunda revisión de la R100 implementó cambios significativos en el proceso de homologación aplicable a vehículos de motor y sistemas de almacenamiento de energía recargable (RESS). El reglamento proporcionó una ruta de homologación separada para los RESS (con mayor frecuencia, paquetes de baterías recargables) e introdujo una serie de pruebas que se aplican exclusivamente a estos sistemas. Con la introducción de estos nuevos requisitos de prueba, que entraron en vigor en julio de 2014 y pasaron a ser obligatorios en julio de 2016, la responsabilidad de obtener la aprobación de tipo para una batería recargable también puede pasar al fabricante de RESS.
Requisitos de prueba en la segunda revisión de R100
Los requisitos esenciales para los RESS en la segunda revisión de R100, clasificados como requisitos de la Parte II, se encuentran en la Sección 6 del reglamento. El Anexo 8 proporciona información detallada sobre los procedimientos de prueba específicos de los RESS, que incluyen lo siguiente:
En algunos casos, se pueden utilizar valores de prueba que difieran de los presentados en el Anexo 8, por ejemplo, cuando un fabricante de vehículos de motor presenta simulaciones y resultados que demuestran la idoneidad o la preferencia de un enfoque alternativo.
El impacto de las pruebas del R100 de la segunda revisión en RESS y los fabricantes de vehículos de motor
Los requisitos de prueba de RESS bajo la segunda revisión de R100 son más extensos que las versiones anteriores de la regulación, y la responsabilidad de obtener la homologación podría pasar a los fabricantes de RESS. Los fabricantes de RESS y los fabricantes de vehículos de motor deben tomar medidas ahora para abordar los nuevos requisitos de homologación antes del mandato de julio de 2016. Sin embargo, el nuevo enfoque del reglamento para la homologación puede brindar a los fabricantes nuevas oportunidades de mercado, ya que los fabricantes de vehículos podrán seleccionar los RESS homologados durante el proceso de diseño y desarrollo que mejor se adapten a sus requisitos específicos, o cambiar los RESS en los vehículos de producción sin volver a enviar su vehículo para una revisión de homologación completa.
Conclusión
La segunda revisión de R100 introduce nuevos requisitos de prueba para los fabricantes de sistemas de baterías recargables para vehículos eléctricos, pero también modifica el esquema de homologación actual, un cambio que probablemente aumente la competencia en el mercado de RESS.